Las Sentencias (VI): la Justicia condena al Ayuntamiento de Valls a pagar a un policía local los gastos derivados de su asistencia a dos cursos de formación

Desde Nieto Jones hemos conseguido que el Juzgado Contencioso-Administrativo nº02 de  Tarragona condene al Ayuntamiento de Valls a abonar a un policía local los gastos de manutención, alojamiento y transporte derivados de su asistencia a dos cursos de formación.

Durante los meses de octubre y noviembre de 2021, el demandante, en su condición de funcionario policía local del Ayuntamiento, acudió a dos cursos de formación en materia de investigación de accidentes de tráfico, organizados por la Generalitat de Catalunya, concretamente por el Instituto de Seguridad Pública de Catalunya.

El Ayuntamiento autorizó la asistencia a dichos cursos y el pago de los gastos de transporte. Sin embargo, desautorizó indebidamente la devolución a nuestro cliente de las dietas por alojamiento y manutención, lo cual suponía una flagrante vulneración de lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Como consecuencia de ello, el policía local tuvo que abonar más de 1.000 euros de su propio bolsillo para costearse todos los gastos derivados de la asistencia a los cursos de formación. Dinero que el Ayuntamiento se negó a devolver.

Ante dicha situación, Nieto Jones se hizo cargo del asunto y, en fecha 7 de enero de 2022, interpusimos una demanda de recurso contencioso-administrativo frente a las resoluciones por las que el Ayuntamiento denegaba el pago de los gastos derivados de la asistencia a los cursos de formación.

El recurso se fundamentaba principalmente en la vulneración de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio; el artículo 40 del acuerdo de condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Valls; y el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, debido a que a otros compañeros sí les habían abonado estas mismas dietas en el pasado.

En fecha 8 de septiembre de 2023, el Juzgado ha dictado sentencia estimatoria por la que deja sin efecto las resoluciones del Ayuntamiento de Valls y le condena a abonar al recurrente 1.010,28 euros en concepto de gastos de manutención, alojamiento y transporte, más los correspondientes intereses legales. Además, condena al Ayuntamiento al pago de las costas judiciales.

Puedes consultar la Resolución a través del siguiente enlace.

Se trata de una Sentencia relevante y cuyos fundamentos jurídicos son aplicables a aquellos funcionarios que realizan cursos de formación fuera de su localidad.

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