Las sentencias (III): Nieto Jones consigue que un jubilado reciba más de 10.000 euros en concepto de complemento por maternidad

Tras una reclamación formulada por Nieto Jones, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha resuelto reconocer a un cliente del despacho un complemento de maternidad por importe de 248,03 euros al mes, un 15% de su pensión.

Esto supone que la Seguridad Social debe abonarle al cliente un importe de más de 10.000 euros en concepto de atrasos por el complemento de maternidad no cobrado desde el día de su jubilación, en junio de 2019, hasta hoy.

Todo comenzó a raíz de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera) declaró en su Sentencia de 12 de diciembre de 2019 (Asunto C-450-18, ECLI:EU.C2019:1075) que la normativa española que establecía el derecho a un complemento de pensión para las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados y en cambio no para las hombres, era una normativa discriminatoria.

El artículo 21.1 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea prohibe “toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo”.

Tras la sentencia europea, los tribunales españoles comenzaron a pronunciarse en el mismo sentido. La Sentencia del Tribunal Supremo, de 25 de noviembre de 2021 (ROJ: STS 4406/2021), la que estableció que el complemento por maternidad “no puede ser denegado únicamente por haber sido solicitado por un hombre” (F.D. VII).

Por todo ello, desde Nieto Jones solicitamos el reconocimiento del derecho de nuestro cliente a ser perceptor del complemento de pensión por ser padre de cuatro hijos (15%), con efectos retroactivos desde el mes de junio de 2019. Derecho que para satisfacción del cliente nos ha sido reconocido.

Consigue tu complemento por maternidad

Aquellos hombres que sean padre de dos o más hijos (no importa la edad de los hijos) y a quienes les haya sido reconocida una pensión contributiva de la Seguridad Social entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 tienen derecho al complemento de maternidad.

El importe del complemento consistirá en sumar un porcentaje a la pensión, dependiendo del número de hijos.

En el caso de 2 hijos: 5 % de la pensión.

En el caso de 3 hijos: 10 % de la pensión.

En el caso de 4 o más hijos: 15 % de la pensión.

Puedes comprobar si cumples los requisitos exigidos en nuestro artículo aquí.

Si tu también deseas que consigamos tu complemento por maternidad, llámanos o envía un WhatsApp al teléfono 610632963 o escríbenos al correo electrónico contact@nietojones.com. 

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