He pasado varios meses fuera de España, ¿perderé mi derecho de residencia?

La obtención de la residencia en España normalmente supone meses de espera y la necesidad de superar pasar multitud de obstáculos administrativos. Una vez obtenida, muchas personas piensan que el proceso ya ha sido completado y que ya no hace falta cumplir nuevos requisitos hasta que sea el momento de renovar la tarjeta.

Desafortunadamente, esto no es así, sino que todavía hay requisitos que deben ser cumplidos para que la residencia siga siendo válida. Uno de ellos es la duración máxima de estancia en el extranjero.

Los periodos máximos de estancia en el extranjero varían en función de la tarjeta de residencia que tengas, por lo que vamos a analizar cuáles son estos periodos para los tipos de tarjetas más habituales.

1. Tarjeta de residencia temporal en régimen general

Se trata fundamentalmente de aquellos permisos de residencia otorgados por residencia no lucrativa, por permiso de trabajo o arraigo. Normalmente, los permisos de residencia son de una duración de uno o dos años.

En estos casos, únicamente podrás viajar al extranjero un máximo de seis meses dentro de un periodo de un año. Es decir, si en un periodo de un año no te encuentras en España un mínimo de seis meses, no será posible renovar tu permiso de residencia.

2. Tarjeta de residencia temporal en régimen comunitario

Otra posibilidad es que dispongas de una tarjeta de residencia temporal por familiar de comunitario, con una duración de cinco años.

En este caso el tiempo máximo es el mismo, es decir que vas a disponer de un máximo de seis meses dentro de un año para viajar al extranjero. Además, el tiempo que estés fuera no podrá ser superior a un año en los últimos cinco años.

Sin embargo, existe una diferencia importante con respecto a la anterior, y es que mediante este tipo de tarjeta los seis meses pueden verse aumentados hasta doce en algunos casos concretos, por causas de trabajo, embarazo, enfermedad o traslado de un familiar.

3. Tarjeta de residencia permanente en régimen comunitario

Es posible que lleves más de cinco años residiendo legalmente en España y que se te haya otorgado una tarjeta de residencia permanente por familiar de ciudadano de la UE. En este caso, podrás residir y trabajar indefinidamente en España, si bien deberás renovar tu tarjeta cada diez años. Tu derecho de residencia será permanente, como bien dice su nombre, de tal forma que  se podrá extinguir la tarjeta, pero no el derecho de residencia.

Si este es tu caso, podrás estar en el extranjero un máximo de dos años de forma continuada hasta que debas renovar tu tarjeta.

4. Tarjeta de larga duración UE en régimen general

Del mismo modo que la permanente en régimen comunitario, la autorización de residencia de larga duración es aquella que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles. Sin embargo, la tarjeta física debe renovarse cada cinco años.

En este caso, el plazo máximo de estancia en el extranjero será de un año de forma continuada y consecutiva, pero no se tendrá en cuenta el tiempo que hayas permanecido dentro de la Unión Europea (aunque sea fuera de España).

¿Qué ocurre si paso más tiempo del permitido fuera de España?

 Por lo general, no se te prohibirá la entrada al país mientras tu tarjeta se encuentre vigente, pero tarde o temprano deberás afrontar algunas de las dos situaciones siguientes:

a) Es posible que las autoridades detecten que has pasado fuera del país más tiempo del permitido e inicien un procedimiento de extinción de la tarjeta.

b) No se te permitirá renovar tu residencia cuando sea el momento de hacerlo.

¿Puedo recuperar mi residencia si he estado fuera de España más tiempo del permitido?

Ello depende nuevamente del tipo de tarjeta de que dispongas.

En el caso de que tu permiso de residencia sea temporal, se extinguirá tu derecho y tu tarjeta, de tal forma que no podrás renovar la tarjeta y deberás comenzar de nuevo el proceso para conseguir un nuevo permiso de residencia temporal.

En cambio, si tu permiso es permanente o de larga duración, tu derecho a residir en el país es de carácter indefinido, aunque debas renovar tu tarjeta cada cinco o diez años. Ello supone que, en caso de pasar fuera de España más tiempo del permitido, aunque se extinguirá tu tarjeta, hay formas de recuperarla.

No pierdas tu derecho de residencia por no cumplir alguno de los requisitos exigidos en la ley.

Si necesitas nuestro asesoramiento envíanos un WhatsApp o llámanos al teléfono +34610632963 o  escríbenos al correo electrónico contact@nietojones.com.

Anterior
Anterior

CDA de Triodos Bank, las nuevas preferentes

Siguiente
Siguiente

¿Tienes una hipoteca? Estos son los gastos que puedes reclamar.